 EL PODER Y LA JUSTICIA por Braulio Jatar Alonso
SUSPENDIDO TEMPORALMENTE EL USO POR PARTE DE LA BANCA PRIVADA DE LA INFORMACION DEL S.I.C.R.I 14/12/2005 Según se detalla en la SENTENCIA 3585 DE LA SALA CONSTITUCIONAL DE FECHA 06 DE DICIEMBRE DE 2.005, como respuesta a un recurso interpuesto por la Defensoría del Pueblo en este sentido, queda temporalmente suspendido el uso del SICRI por parte de los Bancos e Instituciones Financieras Privadas.
Citamos parte relevante de esta Sentencia:
"...En razón de que dicha norma se encuentra actualmente en vigencia, considera prudente esta Sala, suspender los efectos del artículo 192 del Decreto N° 1.526 con Fuerza de Ley de Reforma de la Ley General de Bancos y otras Instituciones Financieras, sólo en lo que se refiere a que las instituciones financieras de carácter privado puedan obtener la información de los ciudadanos contenida en el Sistema de Información Central de Riesgos (SICRI), hasta tanto se dicte la decisión de fondo de la presente acción. Igualmente, la Sala estima necesario suspender los efectos de la Resolución N° 001-06-98, publicada en la Gaceta Oficial N° 36.484, de fecha 26 de junio de 1998, emitida por la Junta de Emergencia Financiera, hasta tanto se dicte la sentencia de fondo. Así se declara..."
Es importante señalar que desde nuestro Despacho Jatar-Dotti, hemos abogado y actuado en favor de la eliminación del uso de esta herramienta discriminatoria (SISTEMA DE INFORMACIÓN CENTRAL DE RIESGOS, SICRI) por parte de los bancos e instituciones financieras privadas en contra de las personas en Venezuela. Puede conocer más sobre nuestra actuación y opiniones visitando estos Artículos:
* RECURSO BRAULIO JATAR VS SICRI ( SALA CONSTITUCIONAL) * LOS TRES DEMONIOS DE LA MERITOCRACIA BANCARIA. LISTA NEGRA, USURA Y SICRI * LO ANTIJURÍDICO DE LA LISTA NEGRA BANCARIA Y EL S.I.C.R.I. * DESNATURALIZACIÓN DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN CENTRAL DE RIESGOS ( SICRI). CONDENA EXTRAJUDICIAL , SUMARIA Y ARBITRARIA.
La Sentencia Completa puede ser leída AQUI  |
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