 EL PODER Y LA JUSTICIA por Braulio Jatar Alonso
CARTA ABIERTA AL DIARIO LA HORA. 20/12/2004 Señor Samuel Robinson Director & Editor Responsable Diario La Hora. Presente.- Estimado Señor: Una vez mas, el Sr. Pastor Heydra, aprovecha el espacio que usted le confiere en su periódico para pretender descalificar a un grupo de Venezolanos, y muy especialmente a mi persona. No deja de llamar la atención para quien suscribe esta misiva, el que el Sr. Heydra, conforme al expediente que mantenemos en su contra signado con el Nº 20.539, ha hecho mención en mi contra en un total de catorce (14) veces y en todas, es decir sin excepción, el vehículo difamante son las páginas del Diario La Hora. Pareciera que Heydra aspira, a cuenta de la bien ganada reputación que mantenemos, el conseguir el perdón del actual Gobernador contra quien hizo todo lo posible por buscar su derrota incluyendo insultos y agresiones contra su hijo, Daniel Rodríguez y otros, que al ahora ocupar puestos de relevancia política, pretende que lo salven de la soga política que ya tiene sobre su cuello. Así mismo he podido constatar, que este periódico ha llevado campañas en contra la Lotería Triplegallo, El Ex Gobernador del Estado Nueva Esparta, el Ex Procurador y distintos ex funcionarios de la Gobernación, de forma sistemática y aguda. En tal sentido me permito informarle que con firmeza vamos a defender nuestros derechos constitucionales, como ya lo hicimos en el caso de la Lotería Triplegallo en donde a pesar de una despiadada campaña en su contra, aún se mantiene vigente y en pleno funcionamiento, gracias a la actuación de nuestra oficina de abogados, y como desde hace un buen tiempo lo hicimos y lo mantenemos en contra de Pastor Heydra en el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del Estado Nueva Esparta y próximamente a través del propio Fiscal General de la República. En su sentencia No 1.013 la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia señaló con relación al tema que nos ocupa, lo siguiente: “…Puede suceder que, con lo expresado se difame o injurie a alguien (artículos 444 y 446 del Código Penal); o se vilipendie a funcionarios o cuerpos públicos (artículos 223 y 226 del Código Penal); o se ataque la reputación o el honor de las personas, lo que puede constituir un hecho ilícito que origine la reparación de daños materiales y morales, conforme al artículo 1196 del Código Civil; o puede ser parte de una campaña destinada a fomentar la competencia desleal, o simplemente a causar daños económicos a personas, empresas o instituciones. Éstos y muchos otros delitos y hechos ilícitos pueden producir la “libertad de expresión”; de allí que el artículo 57 constitucional señale que quien ejerce dicho derecho, asume plena responsabilidad por todo lo expresado, responsabilidad, que al menos en materia civil, puede ser compartida, en los casos de comunicación masiva, por el que pudiendo impedir la difusión del hecho dañoso, la permite, convirtiéndose en coautor del hecho ilícito, conforme a lo previsto en el artículo 1.195 del Código Civil. En otras palabras, la libertad de expresión, aunque no está sujeta a censura previa, tiene que respetar los derechos de las demás personas, por lo que su emisión genera responsabilidades ulteriores para el emisor, en muchos casos compartidas con el vehículo de difusión, sobre todo cuando éste se presta a un terrorismo comunicacional, que busca someter al desprecio público a personas o a instituciones, máxime cuando lo difundido no contiene sino denuestos, insultos y agresiones que no se compaginan con la discusión de ideas o conceptos… (omisis) Nos reservamos los derechos que nos corresponden judicialmente y le solicitamos, respetuosamente, la publicación de esta carta como derecho a replica de mi parte. Su amigo, POR: DESPACHO JURÍDICO JATAR DOTTI Abg. Braulio Jatar Alonso. Otros Artículos por Braulio Jatar: LA GUERRA DE LAS GALAXIAS ENTRE SALAS. MORS TUA VITA MEA (TU MUERTE ES MI VIDA) CD LLEVA DOS STRIKES MUERTE SÚBITA AL REVOCATORIO IMPUTADOS DE SUMATE. VERDADES JURÍDICAS APLAUSO Y EXPECTATIVA A LA SALA CONSTITUCIONAL (CON URGENCIA) REVOCATORIO. RATIFICATORIO. DESAPROBATORIO. APROBATORIO TASAS HIPOTECARIAS CONFISCATORIAS EN SALA CONSTITUCIONAL NUEVO PRESIDENTE IGUAL PERIODO. (OPINIÓN JURÍDICA) APARTHEID ELECTORAL. SEGREGACIÓN RACIAL Y SOCIAL DEL VOTO CARTA ABIERTA A COPEI ¿QUE HARÁS EDUARDO CUANDO LLEGUE LA HORA? DEL AVOCAMIENTO DE LA SALA PENAL LOS FACTORES DISTORSIONANTES DE LA REALIDAD SI EL PRESIDENTE QUIERE LA CLASE MEDIA TIENE CRÓNICA DE UN GRITO DE FRAUDE ANUNCIADO SPIN DOCTORS EN LA POLÍTICA VENEZOLANA LOS NUEVOS “GORILAS MEDIATICOS” EL EXTORSIONADO HE SIDO YO EL DECRETO CARMONA DEL SUR BANCO UNIVERSAL Y SUS TASAS CONFISCATORIAS LA RENUNCIA, EL GOLPE Y EL DECRETO GOLPE CONTRA LA OPOSICIÓN EL GOBIERNO DE FACTO DE CARMONA LA DERROTA DE NAVARRO EN NUEVA ESPARTA NUEVA ESPARTA Y ZULIA ¿CABEZA O COLA? OMISIÓN DE LA SALA CONSTITUCIONAL DEUDORES HIPOTECARIOS MENSAJE A DOS MANOS CIERRO PRIMERO AVERIGUO DESPUÉS |