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EL PODER Y LA JUSTICIA 
por Braulio Jatar Alonso

 

NI CON LOS BIENES NI CON LOS HIJOS
19/03/2005

La estrategia está en marcha. Los medios cumplen su papel. La clase media está una vez mas ansiosa. "Ni con mis hijos ni con mis bienes se metan" ¿La razón? Una supuesta revisión de la política educativa del estado. Según los alborotadores mediáticos, tendremos niños con boinas rojas, escuelas sin inglés, la patria potestad entregada al Estado y las escuelas católicas y privadas clausuradas.
Lo cierto es que el Estado venezolano subsidia en más de 240.000.0000 de bolívares a las escuelas católicas, entre ellas las de Fe y Alegría, sin que se muestre tendencia a la baja o desaparición del referido apoyo. La anterior información pudiera marcar la pauta en el análisis serio y reposado que hay que hacer de un tema tan importante.
No sabemos de donde salio el rumor de la entrega de la patria potestad a favor del Estado, pero sabemos que en la Constitución Cubana establece lo siguiente: "Artículo 6.- La Unión de Jóvenes Comunistas, organización de la juventud cubana de avanzada, cuenta con el reconocimiento y el estímulo del Estado en su función primordial de promover la participación activa de las masas juveniles en las tareas de la edificación socialista y de preparar adecuadamente a los jóvenes como ciudadanos conscientes y capaces de asumir responsabilidades cada día mayores en beneficio de nuestra sociedad."
Ahora es necesario que tengamos muy claro que Cuba no es Venezuela. Sus constituciones son distintas y sus pueblos pudieran ser hermanos pero no son siameses. Esto es válido para quienes dentro del "Chavismo" les gustaría mas cubanismo, como para los de la oposición que gritan menos "Fidelismo".
En la Constitución Nacional de nuestro país, se establece con relación a la propiedad y a la educación privada, una importante gama de derechos garantitas que protegen ambas instituciones, elevando su protección a un rango Constitucional, por lo que ninguna ley puede modificar la norma dictada por el pueblo soberano en referendo popular.
Con relación a la protección de la propiedad privada nuestra Constitución Nacional señala:
Artículo 55. Toda persona tiene derecho a la protección por parte del Estado... frente a situaciones que constituyan amenaza, vulnerabilidad o riesgo para la integridad física de las personas, sus propiedades..."
Artículo 112. Todas las personas pueden dedicarse libremente a la actividad económica de su preferencia, sin más limitaciones que las previstas en esta Constitución y las que establezcan las leyes...”
Con relación a la carrera de docentes privados nuestra Carta Magna dice lo siguiente:
Artículo 104. El Estado estimulará su actualización permanente y les garantizará la estabilidad en el ejercicio de la carrera docente, bien sea pública o privada, atendiendo a esta Constitución y a la ley, en un régimen de trabajo y nivel de vida acorde con su elevada misión.
Con ocasión a la fundación y administración de colegios privados señala:
Artículo 106. Toda persona natural o jurídica, previa demostración de su capacidad, cuando cumpla de manera permanente con los requisitos éticos, académicos, científicos, económicos, de infraestructura y los demás que la ley establezca, puede fundar y mantener instituciones educativas privadas bajo la estricta inspección y vigilancia del Estado, previa aceptación de éste.
Con relación al concurso de la iniciativa privada en la actividad económica del país:
Artículo 299. El Estado, conjuntamente con la iniciativa privada, promoverá el desarrollo armónico de la economía nacional...”
Por el contrario la Constitución Cubana establece en relación a su sistema económico:
“...Artículo 14.- En la República de Cuba rige el sistema de economía basado en la propiedad socialista de todo el pueblo sobre los medios fundamentales de producción y en la supresión de la explotación del hombre por el hombre. También rige el principio de distribución socialista."
Y con relación a la educación determina que:
Artículo 39.- El Estado orienta, fomenta y promueve la educación, la cultura y las ciencias en todas sus manifestaciones. En su política educativa y cultural se atiene a los postulados siguientes: a) fundamenta su política educacional y cultural en los avances de la ciencia y la técnica, el ideario marxista y martiano, la tradición pedagógica progresista cubana y la universal..."
En conclusión en nuestra Constitución, a diferencia de la Cubana, se promueve y protege la propiedad y la iniciativa privada en el área económica incluyendo la educativa, por lo que cualquier propuesta legislativa de cualquier índole, pasa por el respeto a la propiedad y la educación privada, que pueden ser regulados por el Estado pero no derogadas.

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